miércoles, 29 de octubre de 2008

NORMAS DE CONVIVENCIA

Cada sociedad tiene establecido su propio código de normas y reglas que la rigen a lo largo del tiempo, y aunque hay un proceso evolutivo dentro de esa sociedad, los cambios son relativamente lentos. Este código de normas es arbitrario y válido para esa sociedad, pero pueden no serlo para otra, la cual tendrá su propia moral, ya que una sociedad no puede subsistir sin la existencia de algunas reglas mínimas que ayuden a los seres humanos a convivir.

Además de las normas sociales, hacia el interior de la familia se perfilan sus propios patrones morales. De ahí se desprende que cada niño y cada niña se desarrollan dentro de un contexto social y familiar que les impone a lo largo de sus vidas una normatividad a la cual deberán adaptarse.

La microsociedad que representa la familia, tiene su propio sentido de lo que es bueno y lo que es malo, y esto va desde cosas tan evidentes como el tipo de alimentación, hasta sutilezas pocas veces mencionadas como la diferencia entre dejar las puertas de las habitaciones abiertas o cerradas, determinando con ello patrones de comportamiento sui géneris en cada grupo familiar.
Con ello el niño aprende de la convivencia y sabe hasta dónde puede llegar. Éste es un aprendizaje que se da desde el inicio de la vida, cuando se establecen las pautas de comunicación entre la madre y el hijo, y se va enriqueciendo con los otros miembros de la familia que marcan al pequeño con su propia idiosincrasia y filosofía de vida.

Así el niño queda dotado íntimamente con las reglas de una moral establecida; de lo que son conductas buenas y malas hacia los seres de su propio grupo, pero que pueden ser una fuente de prejuicios para tratar a personas de otras culturas.
La moral del niño es moldeada desde su nacimiento, cultural y familiarmente, y está en la raíz de su vida afectiva.

Cada niño y niña reciben normas sociales que pueden agruparse en 3 grandes bloques:

a) Las normas convencionales, que determinan la convivencia social como la forma de vestir, el saludo, el cuidado de los niños, costumbres hacia la crianza y la educación de éstos, situación que en ocasiones puede provocar alegatos y discusiones entre los padres provenientes de ambientes diferentes, e incluso dentro de algunos miembros de la misma familia, por ejemplo hay casos en los cuales dos hermanos con experiencias de vida diferentes educan de formas distintas a sus hijos.

b) Las normas morales, que se refieren a los aspectos de relación, como el respeto por la integridad del otro, la justicia y el respeto a los derechos humanos. Son normas que, junto con las convencionales, los individuos comparten aunque no estén escritas explícitamente, sino que se van adquiriendo a lo largo de la vida.

c) Las normas jurídicas, que están codificadas explícitamente y provienen del poder político, y cuya violación implica una sanción o castigo.

Los límites entre estos tres tipos de normas son borrosos; en realidad son variables, algunas sociedades son más estrictas y otras más laxas, tolerantes y abiertas.

Un aspecto importante del desarrollo moral del niño, es que poco a poco y a lo largo de su formación él debe establecer una distinción entre la conducta y el conocimiento moral. Esta diferencia se deriva de la congruencia de los padres respecto a su propio desenvolvimiento moral; esto es si hay diferencia entre lo que hacen y lo que enseñan, así como en lo que conscientemente exigen del pequeño y el comportamiento moral que exhiben.
La sociedad: Normas de convivencia social

Una de las características de la persona humana es su sociabilidad. De allí, entonces que no podamos vivir solos sino que acompañados, rodeados de otras personas formando sociedades.
Fuera del grupo es difícil conservar y desarrollar la vida. Las personas tenemos necesidades de distinta índole que solos no podemos satisfacer. El sabio Aristóteles decía: "El hombre aislado o es un bruto o es un dios" .

Es en el medio social donde hombres y mujeres nos desarrollamos como personas humanas. Cada individuo forma parte de numerosas agrupaciones sociales: la escuela, el club deportivo, la junta de vecino, el sindicato, la empresa, el grupo religioso, el partido político, el centro de alumnos etc.
Distintos propósitos pueden tener las personas cuando forman grupos, sin embargo cuando se quiere realizar una tarea en común es preciso converger hacia un fin que sea acordado y aceptado por todos para que éste se logre realizar. Esta idea está presente cuando se forma una sociedad, una organización de personas. Cuando las costumbres, la cultura, el entorno geográfico y lazos afectivos unen a un grupo humano se habla de comunidad de individuos.
Tanto en las sociedades como en las comunidades existen normas y reglas que facilitan la convivencia, de no ser así, la vida entre varias personas con distintas características, intereses, ideas, etc., es difícil de llevar, especialmente cuando se debe respetar los derechos y deberes que cada uno tiene por igual.

Las comunidades

Las comunidades son agrupaciones humanas que comparten una cultura y modo de vida en común. Normalmente residen en un área geográfica determinada.
Estas agrupaciones como grupos étnicos y linguísticos se forman en virtud de hechos anteriores a una decisión deliberada de las personas que las integran, como por ejemplo las comunidades indígenas en nuestro país.
Son conscientes de que comparten cierta unidad y que pueden actuar colectivamente en busca de una meta. Las relaciones entre sus miembros son muy fuertes y con pautas de comportamiento acordadas por tradición, costumbres que tienden a mantener siempre.

Las sociedades

Las sociedades son una forma de agrupación humana, en la cual sus integrantes se unen según intereses comunes, quienes determinan los objetivos que desean lograr.
Para obtener la meta propuesta, la sociedad de personas se organiza; establece normas y procedimientos a seguir, elige autoridades, se determinan responsabilidades, etc.
Hay muchos tipos de sociedades: clubes deportivos, sindicatos, empresas, hospitales, escuelas, municipalidades, etc.

En relación a la sociedad políticamente organizada, han existido entre otras desde la Antigüedad: la polis griega, el Imperio Romano, la socieadad feudal y el Estado moderno.
El Estado de Chile tal como lo conocemos hoy es un tipo de sociedad. Es un sistema social más amplio y complejo, está institucionalizado. Contiene un ordenamiento jurídico que marca las pautas y normas a seguir para conseguir el bien común general de la nación chilena.
Cuando las personas naturales o jurídicas quieren poner algo en común con el fin de repartir entre sí las ganancias que de ello provenga, reúnen capitales y aunan esfuerzos para lograr los objetivos propuestos. Estas personas deben celebrar un contrato de sociedad determinando el tipo de actividad lícita que van a realizar, no contraviniendo las leyes ni el orden y la moral social establecida en la Constitución.
En consecuencia, resultan variados tipos de sociedades, a saber: las sociedades civiles y las comerciales, las de personas y de capitales como las sociedades anónimas abierta o cerrada, las sociedades en comandita y las sociedades de responsabilidad limitada.

Normas de comportamiento

Al vivir en sociedad, se hace indispensable un orden, un mecanismo que regule la conducta de las personas, de tal manera que se respeten los derechos y las libertades de todos por igual; con ello surgen las normas.

La norma es una ordenación del comportamiento humano según un criterio que conlleva una sanción al no ser cumplida. La norma también puede ser coactiva, la posibilidad de utilizar la fuerza para que se cumpla.
Las normas tienen como finalidad establecer cómo debe comportarse la persona, es un "deber ser" u obligación.

Existen variadas normas de comportamiento o "sistemas normativos". Estos son:

La norma religiosa católica: Regula el comportamiento según un punto de vista sobrenatural. Su fin es que la persona alcance la santidad a través del convencimiento libre y espontáneo, no existe obligación de acatar los preceptos religiosos y la sanción es la no salvación del alma.

La norma moral: Apunta al perfeccionamiento del hombre, desde la perspectiva de su bien personal, su fin es la bondad. La sanción está dada por el hecho de no lograr el perfeccionamiento. Por otro lado es incoercible.

La norma de trato social: Tiene por meta regular el actuar social de tal modo de lograr una convivencia lo más agradable posible. Varían según la cultura, la época, etc. No son coactivas pero existe una obligación forzada por el medio o grupo social al cual la persona pertenece.

La norma jurídica: Es un conjunto de reglas que tiene por objeto ordenar y garantizar la vida en sociedad de la persona humana. Los valores que la sustentan son la seguridad y la justicia. Es de carácter imperativo y coercible pues impone deberes y obligaciones que han de ser cumplidos, pudiendo hacer uso de la fuerza en caso de no ser acatada.
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA

Son los instrumentos que la Constitución Política creó para que el pueblo participe en ejercicio de su soberanía, tome decisiones en determinados asuntos de interés nacional, departamental, distrital, municipal y local. Son mecanismos de participación ciudadana:

Plebiscito: Pronunciamiento popular convocado por el Presidente de la República, mediante el cual se aprueban o rechazan las políticas o decisiones del ejecutivo.

Referendo: Consulta que el gobierno nacional, departamental, distrital o municipal hace al pueblo, para que aprueba o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue una ya vigente.
Referendo constitucional: Para aprobar reformas a la Constitución.

Consulta Popular: Mecanismo por el cual se pone a consideración del pueblo una decisión de trascendencia, para que se pronuncie al respecto.

Cabildo abierto: Reunión pública de concejos municipales o distritales y juntas administradoras locales, en la cual los habitantes podrán participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

Iniciativa Popular: Derecho constitucional que tienen los ciudadanos de presentar proyectos de actos legislativos, leyes, ordenanzas, acuerdos y resoluciones para que sean debatidos, modificados, aprobados o negados en la corporación pública respectiva.

Revocatoria del mandato: Para dar por terminado el mandato conferido a un gobernador o a un alcalde.

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